“La rapidez e inevitabilidad de las penas es más disuasoria que su severidad”

Durante el XXVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho celebrado en Esade se debatió la reforma del sistema judicial con Antonio del Moral, magistrado del Supremo, y Antonio Recio, titular de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Equipo Do Better

La reciente mesa redonda sobre la reforma de la justicia en España, celebrada durante el XXVIII Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho (CONEDE) en Esade, ha puesto de manifiesto los desafíos y oportunidades que enfrenta el sistema judicial en el ámbito penal y civil. Antonio del Moral, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y Antonio Recio, presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona, debatieron sobre las carencias actuales y las posibles soluciones en una sesión moderada por Jorge Castiñeira, decano de Esade Law School.  

Diagnóstico del sistema penal

Antonio del Moral destacó que la justicia penal ha cambiado muy poco en las últimas décadas. Según su experiencia como fiscal y magistrado, el sistema funciona razonablemente bien en delitos ordinarios, incluidos homicidios y secuestros, pero es "tremendamente insatisfactorio” en casos de delincuencia institucional, corrupción, estafas o crimen organizado. Considera que el problema no radica tanto en la legislación procesal como en la falta de prioridades adecuadas. 

Uno de los puntos clave reside en la finalidad del derecho penal: su propósito ha de ser, ante todo, prevenir delitos. Para ello, es fundamental que las penas sean inevitables y se apliquen con rapidez. “Una pena de dos años percibida como ineludible y rápida disuade más que una de diez años cuya aplicación es incierta y tardía”, afirmó del Moral.  

Por ello, la estrategia del legislador de endurecer las penas adolece de cierta torpeza. “Quien comete cohecho no va a fijarse en la subida de penas”, apuntó. Sin embargo, los mecanismos de transparencia —una rendición de cuentas que haga casi inevitable la detección del delito— y la agilidad en los procesos —la certeza de un ingreso rápido en prisión— generan un efecto disuasorio mucho mayor. 

Por otro lado, en cuanto a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Del Moral mostró escepticismo, señalando que ha sido un debate recurrente durante años sin resultados concretos. Para el magistrado, la prioridad ha de ser acelerar los procedimientos y evitar la dilación de los casos mediante estrategias como el desglose de sumarios en casos de gran complejidad. 

También, apunta el magistrado, resulta contraproducente establecer plazos máximos de instrucción tras los cuales el procedimiento caduca. “No solo genera complicaciones de interpretación, sino que ofrece al abogado una herramienta más, convirtiendo la dilación del proceso en una posible estrategia”, explica. Además, la limitación de los plazos provoca que sean imposibles de cumplir para el juez. 

En cuanto al desglose de grandes sumarios, del Moral explica que, “en asuntos de los que derivan varias vertientes e implicados, cuanto más grande es el caso, más se retrasa”. Su postura es que cuando una pieza se encuentra madura, es mejor separarla y enviarla a juicio. “Ahí ya habrá una condena, y a partir de ese momento todo es más fácil. El acusado tiene a reconocer más cosas después y hace que las penas sean efectivamente más disuasorias”, añade. 

Reforma del sistema civil

Por su parte, Antonio Recio analizó la situación de la jurisdicción civil, que consideró "envidiable" en cuanto a calidad de los jueces, fiscales y abogados, así como en la existencia de buenas leyes sustantivas y procesales. “¿Dónde está el problema? Quizás en haber muerto de éxito”, indicó. “Los abogados confían en los juzgados y la jurisdicción civil ofrece una buena respuesta, lo cual provoca una elevada litigiosidad”. A ello se añada la falta de límites en los recursos contra las resoluciones judiciales. 

Para abordar este problema, Recio reseñó las dos estrategias de la nueva reforma de ley. La primera es impulsar la eficiencia: ser capaces de resolver más recursos todavía. Una aproximación al problema que, por sí sola, resultaría poco eficaz, pues no reduciría el número de asuntos que llegan a los juzgados. La segunda, más prometedora, es ofrecer métodos alternativos de resolución de conflictos basados en la mediación, la conciliación o el derecho colaborativo.  

En este sentido, una novedad de la nueva ley es la introducción de un proceso negociador previo a la interposición de una demanda, con incentivos y sanciones que fomenten la buena fe en la negociación. Esto incluye la posibilidad de imponer costas a la parte que se haya negado a negociar de manera razonable, incluso si gana el litigio. “Es un cambio muy relevante y va a condicionar la actitud de buena fe entre las partes a la hora de negociar”, comentó. 

La reforma también busca transformar el modelo de los juzgados sin eliminar los partidos judiciales, lo que por fin ha permitido su aprobación tras fracasar en 2009 y 2013 debido a la oposición de los municipios que temían verse privados de juzgados. Entre los principales cambios se encuentran la conversión de los juzgados en tribunales de instancia y la unificación de criterios por parte de los jueces. Recio ve con buenos ojos ambas modificaciones, si bien admitió que el calado de la reforma dependerá de cómo se implemente en la práctica. 

El papel del fiscal y la formación de jueces

En cuanto a la instrucción penal, Del Moral se mostró a favor del traspaso de esta función al Ministerio Fiscal, aunque reconoció que esto requiere una mayor confianza en la independencia de los fiscales, algo que el sistema actual no garantiza debido a que, de facto, la fiscalía general depende jerárquicamente del Ejecutivo. 

Sobre la formación y el acceso a la carrera judicial, tanto Del Moral como Recio defendieron el sistema de oposiciones, destacando que garantiza conocimientos amplios en derecho y refuerza la independencia judicial. Aunque reconocieron la posibilidad de mejoras, como la introducción de pruebas prácticas, consideraron que el sistema actual ha demostrado ser eficaz. 

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